Impunidad ante filtración de imágenes íntimas de mujeres en Nicaragua
Aunque existen leyes en Nicaragua para castigar estos delitos contra las mujeres, no se aplican y solo han sido utilizadas como herramienta política, sostiene la feminista María Teresa Blandón.
Las mujeres en Nicaragua tienen pocas posibilidades para denunciar filtraciones de imágenes íntimas, especialmente a través de canales de difusión en redes sociales.
Luego de un reportaje del medio feminista “La Lupa”, sobre la existencia de un grupo en Telegram titulado “Nic Collection” en el que se ofrecían imágenes sexuales filtradas de mujeres, se cambió su configuración como canal privado. Este es el grupo con mayor cantidad de usuarios y contenido sexual nicaragüense a raíz de la propalación.
El artículo 195 del Código Penal, a través de una reforma contemplada en la Ley Integral contra la violencia hacia las mujeres y de reformas a la Ley No. 641, Código Penal establece:
“Quien hallándose legítimamente en posesión de una comunicación, de documentos o grabaciones de carácter privado, los haga públicos sin la debida autorización, aunque le hayan sido dirigidos, será penado de sesenta a ciento ochenta días multa…
… si las grabaciones, imágenes, comunicaciones o documentos hechos públicos son de contenido sexual o erótico, aunque hayan sido obtenidos con el consentimiento, la pena será de dos a cuatro años de prisión. Cuando se trate de documentos divulgados por internet, el juez competente a petición del Ministerio Público o quien esté ejerciendo la acción penal, ordenará el retiro inmediato de los documentos divulgados”, señala el artículo.
Leyes no se aplican a las mujeres en Nicaragua
A criterio de la socióloga y feminista María Teresa Blandón, las leyes que castigan estos crímenes no se aplican y solo han sido utilizadas como herramienta política, en lugar de proteger a las mujeres en Nicaragua.
“En realidad nunca tuvo como fin proteger a las mujeres. Tuvo como fin utilizarla como arma de amenaza para opositores. Un solo caso ha habido desde su aprobación en el que una muchacha denunció al novio y lo condenaron”, aseguró Blandón.
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Sobre los grupos de Telegram con contenido sexual a raíz de filtraciones, Blandón aseguró que el gobierno nicaragüense debería realizar una investigación de oficio.
“Debería el gobierno de hacer una investigación de oficio, pues es un sitio, digamos que ellos conocen muy bien, pero no lo hacen. Es terrible que hayan tantos hombres que estén propagando este tipo de información que atenta contra la libertad de las mujeres y su derecho a la intimidad, pero creo que el régimen no tiene ningún interés de resolver esta situación”, señaló.
El único caso público en el que se ha procedido
La Ley 1042, Ley Especial de Ciberdelitos, establece de cuatro a ocho de prisión y doscientos a quinientos días multa si se difunde “material sexual explícito en perjuicio de un tercero” con ánimo de lucro.
El Código Penal también condena la explotación sexual, pornografía y acto sexual en el caso de adolescentes.
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En 2022 incrementó la denuncia en redes sociales a raíz de la existencia de grupos, especialmente en Telegram. En Nicaragua existen instrumentos jurídicos que penalizan estas acciones, pero muy pocas veces se resuelven.
El único caso público y que prosperó judicialmente fue el de la tik toker nicaragüense, Salma Flores, en 2023, cuyo exnovio, Kevin Reyes, fue condenado a cinco años de prisión y una multa de 21 mil córdobas por el delito de filtración indebida de datos o información de carácter personal, según lo estipulado en la Ley de Ciberdelitos.