Cuando la justicia en Nicaragua dejó de ser una opción
Se han apilado las denuncias y sentencias contra el Estado de Nicaragua en la Corte IDH. Las víctimas, sin justicia en casa, tocan la puerta de la justicia internacional.
Un especial de Medios Aliados en el Exilio: República 18, La Mesa Redonda con Sergio Marin y Mosaico CSI.
Este es un reportaje especial dividido en dos partes. Esta es la parte II. Puede leer aquí la parte I.
Dos médicos privados confirmaron el diagnóstico: la niña de 9 años fue violada. El sospechoso era su padre. La madre lo denunció y el caso llegó al entonces Juzgado de Distrito del Crimen de Jinotega. Era noviembre de 2001. Meses después, el 12 de abril de 2002, fue conformado un Tribunal de Jurados y antes de que estos fueran a deliberar, la defensa le entregó un paquete a la presidenta del jurado.
Al siguiente día, el jurado emitió un veredicto de inocencia en beneficio del acusado. Como parte del mismo proceso lleno de irregularidades y en el que la niña fue “gravemente revictimizada”, la acusación privada interpuso incidente de nulidad, por el supuesto cohecho de los miembros del jurado. El 13 de mayo de 2002, la jueza declaró la nulidad del veredicto. La defensa apeló. El 13 de enero de 2003, la Sala Penal del Tribunal de Apelaciones de la Circunscripción Norte, con sede en Matagalpa, declaró la nulidad del proceso a partir de la decisión judicial del 13 de mayo de 2002.
El 9 de agosto de 2005, la jueza de Jinotega declaró no ha lugar al incidente de nulidad del veredicto del jurado dejando firme la “inocencia” del acusado. La madre de la niña se mantuvo denunciando las irregularidades y presentó quejas contra el forense, la fiscal departamental, la jueza y la presidenta del jurado.
El caso sucedió en la ciudad de Jinotega donde la justicia le fue negada a la niña, mientras la madre fue criminalizada. Foto tomada de redes sociales.
No solo quedó impune el agresor. A la madre también la castigaron. Fue querellada por injurias y calumnias. Terminó huyendo del país con sus dos hijas en diciembre de 2002, encontrando asilo en Estados Unidos.
El caso llegó a conocimiento de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 28 de octubre de 2002. El acusado murió el 29 de agosto de 2008 y, 8 años después, el 25 de agosto de 2016, el caso fue sometido ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH).
Luego, el 8 de marzo de 2018, la Corte IDH emitió una sentencia contundente: el Estado de Nicaragua había fallado. No protegió a la niña ni garantizó justicia. El tribunal ordenó al menos 14 medidas de reparación, pero, según los registros, el Estado de Nicaragua ha incumplido al menos seis de esas medidas, y en otras 5 el cumplimiento fue parcial.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene sede en San José, Costa Rica. Foto Corte IDH.
Es uno de los pocos casos que llegaron a la Corte IDH antes de 2018. Otro fue el de Dina Alexandra Carrión González, asesinada en abril de 2010, en medio de un proceso de divorcio. La Policía lo registró como suicidio, aunque el cuerpo de la mujer de 26 años tenía golpes, uñas con tierra y signos de defensa. El arma apareció a casi dos metros. Ni la Policía ni la Fiscalía investigaron al principal sospechoso: su esposo. Quince años después, la Corte IDH concluyó que Dina fue víctima de femicidio y que el Estado encubrió el crimen.
“Antes de 2018, los casos que llegaban a la Corte Interamericana eran escasos”, explica el abogado Yáder Valdivia, del Colectivo de Derechos Humanos Nicaragua Nunca Más, con sede en Costa Rica.
En efecto, entre esos pocos casos está el de Jean Paul Genie Lacayo, asesinado por la escolta militar del entonces jefe del Ejército, Humberto Ortega Saavedra, el 28 de octubre de 1990. Por resolución del 29 de agosto de 1998, la Corte IDH dio por terminado el proceso porque el Estado, en ese momento en el gobierno de Arnoldo Alemán, había cumplido con lo ordenado en la sentencia del 21 de enero de 1997.
Jean Paul Genie Lacayo. Foto tomada de redes sociales.
También está el caso de María Luisa Acosta Castellón, abogada y defensora de derechos humanos, particularmente defensora de los derechos de pueblos indígenas, amenazada y criminalizada luego del asesinato de su esposo Francisco José García Valle, ocurrido en 2002 en Bluefields, en el Caribe Sur nicaragüense.
María Luisa Acosta Castellón junto a su esposo Francisco José García Valle, asesinado en 2002 en Bluefields, Caribe Sur. Foto de La Prensa.
El caso Acosta ingresó a la Corte IDH el 29 de julio de 2015 y, en sentencia del 25 de marzo de 2017, esa instancia dispuso cinco medidas de reparación, además de un fondo de asistencia. Pero, en resoluciones de Supervisión de cumplimiento de Sentencia con fechas 16 de marzo de 2021, 12 de mayo de 2022 y 26 de noviembre de 2024, el tribunal declaró el cumplimiento de total de dos medidas relacionadas con el pago de las indemnizaciones y al reintegro de costas y gastos, así como el cumplimiento parcial de la medida de publicación y difusión del Fallo y su resumen oficial.
Además, determinó que estaban pendientes de cumplimiento tres reparaciones: adoptar las medidas necesarias para que la muerte de Francisco García Valle no quede en la impunidad; realizar publicaciones de la Sentencia y su resumen oficial, que la Corte constató que continuaban pendientes de implementación; y elaborar mecanismos de protección y protocolos de investigación para casos de situaciones de riesgos, amenazas y agresiones de defensoras y defensores de derechos humanos. También determinó que continuaba pendiente el reintegro al Fondo de Asistencia.
Durante la audiencia pública de supervisión, quedó claro que, debido a la crisis sociopolítica desatada en 2018 en Nicaragua, “la situación de persecución y violencia en contra de personas defensoras de derechos humanos se ha agravado”, de modo que el Estado “no solo no ha cumplido sino que sus actuaciones atentan directamente contra el derecho de defensoras de derechos humanos a llevar a cabo su labor”.
María Luisa Acosta, defensora de derechos humanos, particularmente defensora de los derechos de pueblos indígenas. Foto de International Service for Human Rights.
Precisamente, la represión desatada por el régimen Ortega-Murillo en 2018 cambió el panorama. Desde entonces, la Corte IDH ha recibido más casos. Solo el Colectivo ha presentado al menos cinco en estos últimos años. La mayoría expone patrones de violencia sistemática: cierre de organizaciones de sociedad civil, detenciones arbitrarias, tortura, destierro y desnacionalización, explica Valdivia.
La Corte IDH ha emitido al menos 45 medidas provisionales contra el Estado de Nicaragua, tres de ellas entre 1996 y 2002; cuatro entre 2007 y 2017, ya con Ortega en el poder; las otras 38 han sido a partir de 2018. Además, desde 1995, la Corte IDH ha dictado 13 sentencias contra Nicaragua, siete antes de 2017 —tres de ellas relacionadas con el caso de Genie Lacayo (entre 1995 y 1997)— y las demás a partir de 2018.

La justicia buscada desde el exilio
De igual manera, la Corte IDH ha informado sobre el “desacato permanente” del régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo a 19 resoluciones emitidas desde 2021, dirigidas a proteger la vida e integridad de más de 120 personas perseguidas por motivos políticos en Nicaragua.
Particularmente en el caso identificado como “Juan Sebastián Chamorro y otros vs. Nicaragua”, la Corte advierte sobre la grave situación de los beneficiarios: 15 continúan en prisión en condiciones inhumanas, mientras otros 107 fueron desterrados y desnacionalizados, situación que ha sido calificada por el tribunal como una forma de “muerte civil”.
“La decisión de la Corte Interamericana no solo mandata el respeto a nuestras vidas e integridad personal, sino que también visibiliza las consecuencias persistentes del destierro, la desnacionalización arbitraria, la confiscación de nuestros bienes, la eliminación de nuestros nombres de los registros públicos y la continua persecución hacia nuestros núcleos familiares, condenándonos a la muerte civil sin precedentes en la región”, destacaron las personas beneficiarias de las medidas de la Corte IDH en una carta que enviaron a la Organización de Estados Americanos (OEA).
Evelyn Pinto, expresa política y beneficiaria de las medidas provisionales de la Corte IDH en el caso Juan Sebastián Chamorro y otros, fue detenida sin orden judicial durante las redadas del régimen en noviembre de 2021.
“Mi detención no ocurrió durante una protesta ni en medio de algún acoso específico. Simplemente un día aparecieron en mi casa como parte de las redadas previas a las elecciones de noviembre de 2021. Fui detenida el 6 de noviembre, pero me presentaron ante un juez 18 días después. Sin embargo, para justificar su ilegalidad, las autoridades alegaron que mi detención fue el 18, y así hacer coincidir con el plazo legal de las 72 horas para llevarme ante un juez, lo cual es totalmente falso”, relata Pinto Centeno.
Acusada de “menoscabo a la soberanía” y “propagación de noticias falsas”, fue condenada a ocho años de cárcel, aunque recuperó su libertad 14 meses después. Hoy vive en extrema vulnerabilidad:
“Me han confiscado mi jubilación y todos mis bienes. He perdido mis derechos y mi estabilidad”, afirma Pinto Centeno, quien pide a la Corte IDH “mantenga las medidas, porque siguen siendo una forma de protección, especialmente para quienes aún están encarcelados”.
Cuatro de los casos contra Nicaragua, sentenciados por la Corte IDH están en etapa de supervisión: el de la niña de Jinotega; el de Carrión González y otros; el Gadea Mantilla y el caso de los Pueblos Rama y Kriol, Comunidad de Monkey Point y Comunidad Negra Creole Indígena de Bluefields y sus miembros. Otros tres casos: Yátama, Acosta y Roche Azaña, están también en etapa de supervisión, pero la Corte aplicó el artículo 65 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica, del 22 de noviembre de 1969), que no es más que informar a la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos el desacato de Nicaragua a los fallos de la Corte IDH.
Pinto Centeno cuenta que las medidas cautelares y luego provisionales fueron solicitadas mientras ella estaba presa.
“Cuando la Corte publicó las medidas provisionales, el régimen no actuó. Solo llegaron a tomarme fotos y me llevaron con una psicóloga, algo que yo nunca solicité. Les dejé claro que mi demanda era atención médica. No hubo ningún cambio”, señala la mujer de 66 años, quien padece una enfermedad renal crónica.
En la misma situación se encuentra Freddy Antonio Quezada, filósofo y también beneficiario en el caso Juan Sebastián Chamorro y otros.
“Mi jubilación suspendida, mis cuentas confiscadas y el alejamiento involuntario de mi familia son los costos que estoy pagando por violarse mi libertad de expresión en Nicaragua”, declaró.
Quezada sufrió desaparición forzada desde el 30 de noviembre de 2023 hasta septiembre de 2024, cuando fue desterrado a Guatemala. Durante el tiempo que el filósofo estuvo en prisión, fue sometido a condiciones inhumanas, entre ellas la falta de acceso a los medicamentos necesarios para tratar sus enfermedades crónicas y la carencia de una alimentación adecuada.
El desprecio de la dictadura por los derechos humanos
Pinto y Quezada coinciden al apuntar que el régimen ha colocado a Nicaragua al margen del derecho internacional, demostrando su desprecio por los derechos humanos.
“El desacato total del régimen confirma que estamos frente a una dictadura que no respeta el derecho internacional ni los organismos de protección de derechos humanos. El Estado se coloca al margen de la legalidad y se aísla aún más, dejando en total indefensión a los nicaragüenses”, afirma Pinto Centeno.
Por su parte, Quezada considera que el régimen podría enfrentar más sanciones internacionales por este desacato reiterado.
Un paso más hacia la justicia
Para los beneficiarios, la intervención de la Corte representa un avance. Pinto considera que la importancia de mantener estas medidas y ampliar su alcance a otras personas presas políticas es de vital importancia.
“Debemos seguir abogando por su liberación, especialmente por aquellas personas que están desaparecidas”, sostuvo.
A juicio de Quezada, el caso ante la Corte IDH es “un gran paso adelante y la acumulación de una prueba crucial para llevar a juicio a los responsables de nuestra condición de desterrados y perseguidos de Nicaragua”.
Sin embargo, solicita que se vaya “más allá de pronunciamientos y resoluciones y se auxilien de algún organismo que le exija a la dictadura cumplir las resoluciones”.
La Corte exige acción internacional
Durante una sesión, el 23 de abril reciente, la jueza presidenta de la Corte IDH, Nancy Hernández López, expuso ante la OEA la situación de “desacato total” por parte del Estado nicaragüense. Entre las violaciones documentadas: despojo de nacionalidad, confiscación de bienes, anulación de títulos académicos y documentos de identidad, así como la expulsión forzada del país.
“La situación de apatridia y desprotección de estas personas es alarmante. Exhortamos a los Estados miembros a tomar medidas concretas”, enfatizó.
Hernández López hizo un llamado firme a los Estados Miembros para que contribuyan a mitigar las consecuencias humanitarias y jurídicas que enfrentan dichas personas, al mismo tiempo que sigan monitoreando su situación e impulsen otras acciones oportunas.
Varios países, entre ellos Estados Unidos, Canadá, Costa Rica, Paraguay, Chile, Uruguay y Brasil, manifestaron su preocupación y demandaron al régimen nicaragüense cesar la persecución, permitir el retorno de los desterrados y acatar las decisiones de la Corte.
Lejos de asumir sus responsabilidades, el Estado de Nicaragua ha adoptado una posición desafiante. Desde que Daniel Ortega retiró al país de la Organización de Estados Americanos (OEA) en 2021, el régimen no ha reconocido ni una sola de las sentencias dictadas por la Corte IDH. Tampoco ha cooperado con la Comisión Interamericana, que ha documentado crímenes de lesa humanidad en el país.