Corte IDH falla a favor de pueblos indígenas, reconoce violaciones del régimen sandinista
El régimen sandinista no acreditó a ningún representante en el proceso. En su lugar, condenó a la Corte por supuesto injerencismo y trató de desacreditar al liderazgo indígena.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tiene su sede en Costa Rica. Foto: Cortesía
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) emitió sentencia en el caso de varias comunidades de personas indígenas y afrodescendientes del Caribe de Nicaragua contra el Estado sandinista en relación al fallido proyecto del Gran Canal Interoceánico de Nicaragua y otros abusos, resolviendo a favor de los primeros desde el tribunal en San José, Costa Rica.
El veredicto fue aprobado con 4 votos a favor, 1 en contra. La Corte “declaró la responsabilidad internacional del Estado de Nicaragua por la vulneración de diversos derechos de diez comunidades indígenas y afrodescendientes y seis de sus integrantes“, determinando que el régimen sandinista de Daniel Ortega y Rosario Murillo:
-
ejerció una indebida interferencia en la designación de autoridades y representantes comunales y territoriales de los pueblos rama y kriol
-
no previno ocupaciones de tierra por parte de “colonos”, personas ajenas a las comunidades
-
no realizó de forma adecuada una consulta previa, libre e informada a las comunidades afectadas por el proyecto del Gran Canal
-
no realizó acciones de prevención necesarias respecto al impacto ambiental generado por actividades de los colonos
-
omitió la realización de estudios de impacto ambiental y social en forma oportuna
-
brindó una respuesta inadecuada a distintas acciones judiciales
Asimismo, el tribunal reconoció que el Estado violó los derechos a las garantías y protección judiciales de seis individuos de estas comunidades, atentando así contra 12 artículos distintos de la Convención Americana sobre Derechos Humanos.
“Nicaragua no designó agentes para el presente caso ni intervino en el proceso“, notó la Corte en el texto de la sentencia, publicado el lunes, 18 de noviembre. “La actitud adoptada por Nicaragua respecto al proceso de este caso denota no solo un incumplimiento de sus cargas y deberes procesales, sino también un rechazo a actuaciones de los órganos del Sistema Interamericano“, agregó.
Desde que el caso fue referido a la Corte por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) el 26 de noviembre de 2021, Nicaragua sólo emitió dos notas en las que condenó la “actitud cómplice y amedrentadora de ” y se negó e reconocer al liderazgo indígena que promovió el litigio.
La sentencia
Rodrigo Mudrovitsch, juez y vicepresidente de la Corte IDH, fue quien anunció la decisión al público a través de una conferencia virtual. “La sentencia constituye por sí misma una forma de reparación; el Estado adoptará las medidas necesarias para emplazar el título de propiedad comunitaria del 31 de marzo de 2016 a la comunidad negra e indígena de Bluefields”, declaró.
“El Estado protegerá la propiedad comunitaria y garantizará su uso o goce a la comunidad; el Estado completará el proceso de saneamiento de los territorios rama y kriol, y deberá adoptar las medidas necesarias para garantizar la convivencia pacífica entre los miembros de dichas comunidades y personas ajenas a ellas“, continuó.
El tribunal no ordenó el cese de operaciones en el proyecto del Gran Canal per se, pero sí estableció que cualquier acto en el contexto del proyecto deberá contar con un proceso de consulta libre previo e informado. También se le orienta al Estado realizar “un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional” y un comité para ejecutar las disposiciones de la sentencia, proceso supervisado por la Corte.
La Corte ordenó remuneración económica para las víctimas a través de la constitución de un fondo para financiar proyectos e iniciativas en su beneficio, aunque dada su postura durante el proceso, es muy probable que el régimen sandinista termine en desacato y se niegue a reconocer la autoridad del tribunal, como ya hizo en el proceso.
El monto total del fondo de reparaciones fue fijado por la Corte fue de 1.5 millones de dólares, así como 5 mil dólares para las personas naturales afectadas y 25 mil dólares por los gastos incurridos en el proceso judicial.