Régimen traspasa los Registros Públicos a la procuraduría y se los quita a la CSJ

La medida significa un traspaso al Ejecutivo de todos los registros públicos de Nicaragua.

  • 5:53 pm
  • Nov 14, 2023
República 18

El régimen sandinista quitó el control del Sistema Nacional de Registro  a la Corte Suprema de Justicia, en el marco de una escalada de agresiones por parte de la dictadura contra el Poder Judicial en Nicaragua.

A través de seis reformas aprobadas en la Asamblea Nacional,el régimen le traspasó el Sinare a la procuraduría General de la República (PGR), lo que significa un traspaso al Ejecutivo de todos los registros públicos.

Las reformas contemplaron las siguientes leyes:

Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República

Ley Orgánica del Poder Judicial de la República de Nicaragua

Ley General de los Registros Públicos

Ley de Carrera judicial

Ley de Tasas de los Registros Públicos del Sistema Nacional de Registros

Artículo 165, inciso 4 de la Constitución Política de Nicaragua.

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Asignación del Sinare a la Procuraduría

La reforma a la Ley de la Procuraduría modifica el artículo 3, otorgándole el control del Sinare, su patrimonio y asignaciones presupuestarias.

La reforma del artículo 2 de la ley del Sistema Nacional de Registros se leerá así:

“Creáse el Sistema Nacional de Registros, adscrito a la procuraduría general de la República, que podrá denominarse de forma abreviada Sinare, como una institución pública, con personalidad jurídica, patrimonio propio, duración indefinida y autonomía administrativa”, señala parte del artículo 2.

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Reforma constitucional

La Asamblea aprobó con trámite de urgencia la reforma constitucional al artículo 165 referido a la creación del Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial.

La reforma que fue planteada por 76 legisladores afines al régimen, elimina que dentro de las atribuciones del Consejo Nacional y Carrera Judicial está nombrar a los registradores públicos de la propiedad inmueble y mercantil, que forma parte del Sinare. La reforma fue aprobada por 81 diputados y 10 se abstuvieron de votar. 

También reforma el punto seis del artículo 165 de la Constitución político, el cual establece que el Consejo no podrá instruir, conocer y resolver las denuncias por faltas disciplinarias leves, graves o muy graves que cometan los registradores Públicos de la Propiedad Inmueble y Mercantil.