Debilitan sigilo entre clientes y abogados de Nicaragua

La Asamblea Nacional aprobó una reforma a la Ley del Notariado y al Código de Comercio, para incrementar controles sobre abogados.

  • 6:57 pm
  • Mar 29, 2022
República 18

Los diputados sandinistas aprobaron este martes la Ley de Reformas y Adición a la ley del notariado y al Código de Comercio de la República de Nicaragua, señalada por abogados de Nicaragua como una herramienta para violentar el sigilo profesional.

La reforma establece en el artículo segundo, una reforma al artículo 15 de la ley del Notariado, estableciendo que se debe extender en sus registros los poderes, testamentos, contratos y demás escrituras, conforme a las instrucciones que de palabra o por escrito les dieran los otorgantes.

Además, se debe remitir a la Corte Suprema de Justicia en los primeros quince días de cada año, copia literal  del índice del protocolo, con expresión de los otorgantes, objeto de la escritura, folios en que se encuentra y fecha de su otorgamiento.

El diputado sandinista Walmaro Gutiérrez, defendió durante la sesión la reforma y señaló que los medios de comunicación independiente han emprendido una campaña de “desinformación” alrededor del tema.

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Sin embargo, el abogado Boanerges Fornos, explicó a República 18, que la reforma busca controlar y vigilar la relación entre abogados y clientes.

“Esto busca obligar al notario a que rinda información de su cliente, aun cuando no sea una actividad ilícita. Los notarios estarán obligados a rendir información a la hora de elaborar escrituras públicas”, señala Fornos.

Justicia debería ser aplicada de forma pareja, señalan abogados de Nicaragua

En ese sentido, señaló que sería conveniente que las autoridades judiciales implementen las leyes de forma pareja.

“Son muy conocidos los casos en los que no se investigan a los testaferros. Si la ley se va a aplicar, se debe aplicar de forma igualitaria”, señaló.

“Es una información que debería estar únicamente en manos del notario y de su cliente, siempre y cuando no sea una actividad ilegal”, reiteró.

La reforma establece que los abogados deben identificar al beneficiario final de las personas jurídicas, reportar actividades vinculadas al lavado de activos. 

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“Sin perjuicio de lo señalado, los notarios públicos deberán remitir sin dilación, ni restricción alguna, en los plazos y términos que se establezcan, cuanta información les sea requerida por el Consejo Nacional de Administración y Carrera Judicial, autoridades judiciales y la Dirección General Centralizadora de la información”, señala parte de la reforma.

Abogados necesitarán certificación notarial adicional

El artículo primero de la reforma señala que el reconocimiento del título de abogado expedido fuera de la República de Nicaragua no lleva consigo el de notario, si el mismo título no autorizase al interesado para ejercer dicho oficio.

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“A los licenciados en derecho que se hayan graduado en el extranjero, sean nicaragüenses o de otras nacionalidades, si no te han dado una formación en términos notariales, no vas a poder ejercer la parte notarial”, señala Fornos.