Migración Costa Rica suspende evaluación de solicitudes de categoría especial para nicaragüenses

Las solicitudes seguirán recibiéndose, pero no las evaluarán hasta que la Sala Constitucional resuelva la acción de inconstitucionalidad

  • 2:20 pm
  • Ago 10, 2023
Refugiados en Costa Rica
República 18

La Dirección General de Migración y Extranjería de Costa Rica informó que las solicitudes para la categoría especial temporal para cubanos, nicaragüenses y venezolanos será suspendida a raíz de una acción de inconstitucionalidad.

“Quienes presentaron la documentación para este trámite, su solicitud se encuentra a la espera de la respuesta de la Acción de Inconstitucionalidad por parte de la Sala Constitucional para que continúe el curso de su solicitud” dijo Migración en un comunicado. La acción fue presentada por un usuario en relación a la reforma al Decreto Número 43809.

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“La Sala Constitucional debe resolver la acción presentada para que Migración continúe con el proceso de valoración. La recepción de solicitudes sigue abierta, sin embargo es importante que la persona sepa que su trámite no está siendo valorado por esta razón” señaló Migración, señalando a usuarios que las solicitudes pueden formularse llamando al número 1311 o a través del Portal de Citas Web de la DGME.

En la publicación en redes sociales del comunicado de Migración, muchos usuarios expresaron confusión o decepción ante la noticia, a la vez que Migración respondía sus inquietudes a través de los comentarios.

El beneficio de esta categoría fue introducido el 1 de marzo de 2023 y permite que los beneficiados puedan trabajar en Costa Rica, sea por cuenta propia o en relación de dependencia, así como también tienen la libertad de salir del país en cualquier momento que deseen, según indicó Migración en su momento.

Para obtener la categoría, uno debía haber realizado una solicitud de refugio después del 1 de enero del 2010 y hasta el 30 de setiembre del 2022, haber residido en Costa Rica durante el periodo que comprende la formulación de la solicitud, que la solicitud haya sido denegada y que no se cuente con ninguna otra categoría de permanencia en el país.

“Esta situación abarca a quienes solicitaron la Categoría Especial Temporal antes de la interposición de la acción de inconstitucionalidad, la cual fue en abril” dijo Migración.

Según explicó Claudia Vargas, de la organización defensora de migrantes Fundación Arias para la Paz, explicó a República 18 que “esta categoría especial es para personas que solicitaron refugio pero recibieron respuesta negativa, pero algunas personas que ni siquiera son solicitantes de refugio o cuyo proceso de refugio está en proceso, están desistiendo del la solicitud de refugio y aplicando directamente a la categoría especial”, algo que las normas migratorias de Costa Rica prohíben.

“Es un asunto de procedimiento. No se puede aplicar directamente a la categoría especial y por ello se introdujo la raíz de una acción de inconstitucionalidad” agregó Vargas, señalando que se trata de una iniciativa para personas afectadas por crisis sociopolíticas como la de Nicaragua, “pero que no son perseguidos políticos directamente”.