Corte IDH concluyó que la falta de integridad del proceso electoral favoreció la reelección de Daniel Ortega en elecciones del 2011

En un fallo unánime la Corte Interamericana de Derechos Humano declaró la responsabilidad del Estado de Nicaragua por la violación a los derechos políticos, a las garantías judiciales y a la protección judicial al excandidato Fabio Gadea Mantilla en las elecciones presidenciales del 2011.

  • 3:15 pm
  • Ene 23, 2025
Daniel Ortega

El tribunal consideró que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral mostraron parcialidad para favorecer la reelección de Ortega.

La Corte Interamericana de Derechos Humano declaró la responsabilidad del Estado de Nicaragua por la violación a los derechos políticos, a las garantías judiciales y a la protección judicial al señor Fabio Gadea Mantilla en las elecciones presidenciales del 2011.

La Corte concluyó que la falta de integridad del proceso electoral favoreció la reelección de Daniel Ortega. Además, considero que la Corte Suprema de Justicia y el Consejo Supremo Electoral mostraron parcialidad y no garantizaron un recurso judicial efectivo para revisar las decisiones que cuestionaban irregularidades en el proceso.

La Corte Interamericana señaló que las decisiones de las salas constitucionales y plena de la Corte Suprema de Justicia, inaplicando una norma constitucional que de forma expresa no permitía la reelección presidencial, pretendieron dar una apariencia de legalidad a la decisión que autorizaba la reelección de Ortega.

“El tribunal consideró que existen suficientes elementos que esas decisiones perseguían permitir la inscripción del presidente Daniel Ortega como candidato presidencial y tenían por objeto permitir su permanencia al mando del poder ejecutivo, lo cual constituyó un uso abusivo del aparato estatal para favorecer al candidato oficial”, expresó la presidenta de la Corte IDH, Nancy Hernández, durante la notificación de la sentencia del caso Gadea Mantilla Vs. Nicaragua.

El tribunal también indicó que los Estados tienen la obligación de garantizar la integridad de los procesos electorales lo que incluye evitar el uso abusivo del aparato estatal a un candidato o grupo político.

“La sentencia por sí mismo constituye una forma de reparación”, subrayó la presidenta de la Corte IDH, instancia que ordenó al Estado de Nicaragua adoptar medidas para garantizar que el Consejo Supremos Electoral cuente con garantías de imparcialidad e independencia y para que existan medios adecuados de impugnación ante violaciones a la ley electoral cuando se pretenda la tutela de los derechos políticos.