Migración y Extranjería junto al Ministerio del Interior llevarán control estricto de entradas y salidas a Nicaragua
Migración será responsable de “conocer y resolver el otorgamiento, pérdida y recuperación de la nacionalidad nicaragüense adquirida” y podrá citar a ciudadanos nacionales o extranjeros para resolver conflictos migratorios.

La reforma propone controles más estrictos para el ingreso y salida de nacionales y extranjeros a Nicaragua.
A petición de Daniel Ortega, el Parlamento de Nicaragua presentó este martes una “Iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley 761, Ley General de Migración y Extranjería, y de adición a la Ley 641, Código Penal de Nicaragua“.
El objetivo principal es legalizar las prohibiciones de ingreso al país, los destierros y las de nacionalizaciones impulsadas por el gobierno.
Entre las modificaciones más destacadas, la propuesta establece que es “decisión soberana del Estado de Nicaragua, a través de la Dirección General de Migración y Extranjería, autorizar o denegar el ingreso, revocar la permanencia, cancelar la residencia o la nacionalidad nicaragüense adquirida“.
Señala además como funciones de esta dirección “cumplir y hacer cumplir la Constitución Política de la República de Nicaragua, Leyes, Reglamento, Normativas Técnicas Jurídicas vinculantes, así como las Resoluciones Ministeriales de la Dirección Superior del Ministerio del Interior en materia migratoria”.
De igual modo, señala que el director general de Migración será el responsable de levantar la información sobre el flujo migratorio de los nicaragüenses y deberá resguardarlas para informar al Ministerio del Interior. De igual modo deberá garantizar la aplicación de medidas migratorias para controlar la migración irregular en el país.
Además, otorga al Ministerio del Interior la función de “refrendar el otorgamiento, pérdida y recuperación de la nacionalidad nicaragüense adquirida, las solicitudes de extensión por vínculo de consanguinidad y la ratificación al cumplir la mayoría de edad”.
El Ministerio del Interior también tendrá la facultad de “ordenar la expulsión de ciudadanos extranjeros de conformidad con las causales previstas en la ley”. Por otro lado, la Dirección General de Migración y Extranjería podrá denegar el ingreso al país a personas que “puedan menoscabar la soberanía nacional o representar un riesgo social“.
La reforma también incluye la modificación del artículo 47, que actualmente prohíbe privar a los ciudadanos de su nacionalidad. Con la nueva propuesta, la nacionalidad nicaragüense podrá perderse por las causales establecidas en la Constitución Política y otras leyes, lo que puede traducirse a acusaciones de traición a la patria o menoscabo a la integridad nacional.
La iniciativa de ley busca reformar un total de 67 artículos de la Ley General de Migración y Extranjería, y detalla que quienes “participen directa o indirectamente en acciones que atenten contra la soberanía, independencia, orden interno o autodeterminación del país” podrían perder la nacionalidad adquirida.
A nivel general se otorga tanto Migración y Extranjería como al Ministerio del Interior amplias facultades para verificar, rechazar o revocar documentos migratorios y controlar el ingreso y salida de nacionales y extranjeros.
La iniciativa ha sido remitida a la Comisión de Paz, Defensa, Gobernación y Derechos Humanos, presidida por el diputado sandinista Filiberto Rodríguez para un supuesto análisis. La reforma a la Ley de Migración se estaría aprobando de forma expedita esta semana por los diputados sandinistas y sus leales del PLC.