Parlamento aprueba ley que obliga “inaplicabilidad” de sanciones en Nicaragua
La nueva ley, entrará en vigencia una vez publicada en La Gaceta, diario oficial.

Las instituciones que no cumplan la ley, podrán ser sancionadas y multadas por las entidades gubernamentales regulatorias.
Este lunes, los diputados de la Asamblea Nacional de Nicaragua aprobaron la “Ley de Protección de los Nicaragüenses ante Sanciones y Agresiones Externas“, con la que se obligará al sistema financiero a abrir cuentas bancarias a personas naturales y jurídicas aunque estas hayan sido sancionados por Estados Unidos y la Unión Europea.
La ley fue aprobada con 91 votos tanto de los diputados sandinistas como de sus aliados del partido Liberal.
Según el artículo 1, la nueva ley tiene por objeto proteger a los nicaragüenses y sus instituciones ante sanciones y agresiones realizadas por Estados o grupos de Estados, gobiernos u organismos extranjeros, que atenten y pongan en peligro la Soberanía, la seguridad, los planes de desarrollo de Nicaragua y perjudiquen las finanzas y el libre comercio interior y exterior.
En el artículo 4, la ley obliga a la “inaplicabilidad” de las sanciones. “En Nicaragua, se declaran nulas y sin efecto jurídico alguno las sanciones (…) Estas sanciones carecen de validez y aplicabilidad en todo el territorio nacional, independientemente de su naturaleza o alcance”, señala.
Destaca además que ninguna entidad, bajo argumento de sanciones, podrá negar o suspender la provisión de bienes y servicios privados y públicos, sean estos comerciales y financieros, a las personas naturales y jurídicas, entidades privadas e instituciones del Estado.
Agregan que “tampoco le serán aplicables las sanciones, a las adquisiciones necesarias para salvaguardar la integridad, seguridad y defensa nacional”.
El artículo 5, expone que las entidades reguladoras del Estado, deberán garantizar que las instituciones reguladas cumplan con el ordenamiento jurídico del Estado, “pudiendo imponer sanciones y multas, de conformidad a su marco regulatorio, a las entidades bajo su regulación que violen los derechos de los usuarios y consumidores al aplicar sanciones”.
A su vez amenaza con que las instituciones públicas reguladoras podrán aplicar medidas adicionales a los infractores que lleguen a la suspensión temporal o definitiva de sus operaciones.
Por otro lado, en su artículo 6, la nueva ley expone que se podrán solicitar la restitución del servicio prestado y el resarcimiento de los daños si procede, de conformidad a lo establecido en la Ley No. 842, Ley de Protección de los Derechos de las Personas Consumidoras y Usuarias.
Expertos han señaldo que con la aplicación de esta ley, las instituciones financieras saldrán perjudicadas y que el sistema financiero nicaragüense retrocederá. Teniedno en cuenta que Estados Unidos ha sido históricamente el principal socio comercial del país y la economía nicaragüense depende de los acuerdos ya establecidos con el sistema financiero internacional.
Las sanciones impuestas a Nicaragua se han llevado a cabo en el contexto de la crisis sociopolítica iniciada en abril de 2018; la principal causal son los crímenes de lesa humanidad, violaciones a los derechos humanos y las libertades fundamentales, socavamiento de instituciones democráticas y fraude electoral.