Nueva ley para evasión de sanciones podría costarle caro a Nicaragua
La propuesta de ley del régimen para evadir las sanciones de la comunidad internacional pondría a las entidades financieras en una situación compleja para seguir operando en el país.
La iniciativa de la Ley para la protección de los nicaragüenses ante sanciones y agresiones externas pretende obligar a los bancos y entidades financieras nicaragüenses a prestar sus servicios a individuos sancionados, particularmente aquellos ligados al régimen sandinista de Daniel Ortega y Rosario Murillo.
La ley, una vez aprobada, facultará al Estado a suspender las operaciones temporal o definitivamente a las instituciones que se nieguen a proveer servicios a individuos sancionados, en su mayoría operadores de alto nivel del régimen sandinista.
La mayoría de estas sanciones han sido impuestas a partir de la crisis sociopolítica iniciada en abril de 2018; la principal causal son los crímenes de lesa humanidad, violaciones a los derechos humanos y las libertades fundamentales, socavamiento de instituciones democráticas y fraude electoral.
Y los principales sancionadores son países del primer mundo, como los Estados Unidos y la Unión Europea, pero también otros países como Suiza, Canadá y Reino Unido, todas entidades que a nivel mundial son vitales para el sostenimiento del sistema financiero internacional.
Con esta ley, el régimen “podría impedir que los bancos acaten los mandatos de sanciones. Sin embargo, esto lo que provocaría es que los bancos sean sancionados”, explicó Braudy Sánchez, economista nicaragüense, a República 18. Las sanciones van desde prohibiciones al ingreso al país en cuestión hasta al supresión de cuentas bancarias y otros recursos de los afectados registrados en el país sancionador.
Por ejemplo, los dos grupos de sanciones derivados de órdenes ejecutivas del presidente de Estados Unidos (reproducidas por la Oficina de control de recursos extranjeros) en contra de funcionarios sandinistas estipulan que los bienes de los sancionados bajo jurisdicción estadounidense “no pueden ser transferidos, pagados, exportados, retirados o de alguna otra forma manipulados”.
Asimismo, en la sección 4 del texto de las dos órdenes ejecutivas de los presidentes Donald Trump (2018) y Joe Biden (2022), se estipula que las prohibiciones aplicarán a cualquiera que “realice cualquier contribución o provisión de fondos, bienes o servicios por, a o para el beneficio de cualquier persona cuya propiedad e intereses de propiedad hayan sido bloqueados por esta orden“, así como “el recibo de cualquier provisión de fondos, bienes o servicios de un sancionado” y la conspiración para evadir las sanciones estipuladas.
Sánchez señala que es probable, en un escenario como ese, que muchos bancos “dejen el país, sean confiscados por el estado o solo operen dentro de Nicaragua incapacitados para operar en el exterior por las sanciones. Cualquiera de esas cuatro respuestas puede esperarse”, lamentó.
Un Estado forajido
“En dependencia de la reacción que observemos afectará de una manera diferente”, diagnosticó Sánchez.
En ese sentido, el politólogo, experto en políticas públicas y director del programa de migración, remesas y desarrollo de Diálogo Interamericano, Manuel Orozco, explicó que “la ley tiene validez nacional, lo que implica que el sistema financiero tiene que cumplirlo a pesar de que vaya en contravención de la normal internacional de sanciones“, que está contenida dentro del sistema de Naciones Unidas y el Departamento del Tesoro estadounidense.
En consecuencia, “la institución bancaria puede notificar que están presionados por legislación nacional a no acatar la sanción” y tanto el Departamento del Tesoro como el de Justicia de los Estados Unidos podrán “notificar a los bancos que Nicaragua es un país que se convirtió en espacio seguro para entes sancionados y por ende es un lugar financiero de alto riesgo. Nicaragua está formalmente auto-calificándose como un Estado forajido“, señaló Orozco.
Los bancos podrían asumir una postura de ‘de-risk’ (“prevención de riesgo”), salvando sus tratos más lucrativos con las principales instituciones financieras del mundo para no verse a su vez como objeto de sanción por “actividades que la legislación de Estados Unidos identifica como en detrimento del orden”, como el lavado de dinero y crímenes financieros que incluyen terrorismo, tráfico de personas, violaciones de derechos humanos, fraude, contrabando o robo, actos de los que ha sido señalado el régimen sandinista.
“Lo que estamos seguros es que en cualquier caso, las instituciones financieras saldrán perjudicadas, y el sistema financiero nicaragüense retrocederá. Esto posiblemente no le interese a la dictadura, quien ha optado por acercarse al capital chino”, concluyó el experto.
Las consecuencias de un desacoplo del sistema internacional, por mucho que el país se adhiera a un sistema alterno, sería catastrófica, considerando que Estados Unidos ha sido históricamente el principal socio comercial del país y la economía nicaragüense depende de los acuerdos ya establecidos con el sistema financiero internacional, razón por la que las sanciones tenían efecto en primer lugar.