Licencias otorgadas por TELCOR podrán finalizar por fallecimiento de la persona titular, según nueva ley
Cuando fue conocida la iniciativa fue altamente criticada por atentar contra la seguridad de los datos personales de los nicaragüenses.

TELCOR es el ente regulador de las comunicaciones en Nicaragua y quién aplicará la nueva ley, una vez aprobada y publicada en La Gaceta.
El dictamen de la Ley de Telecomunicaciones Convergentes, enviada a la Asamblea Nacional este 24 de octubre de 2024, señala que la misma se vendrá a “modernizar el marco regulatorio nicaragüense en materia de telecomunicaciones”.
Cabe señalar que en marzo pasado, cuando se conoció esta iniciativa -misma que la Asamblea Nacional aprobó en lo general este jueves- fue altamente criticada por atentar contra la seguridad de los datos personales de los nicaragüenses.
El dictamen de la ley asegura además que esta “incluye dentro de sus alcances la protección de los derechos de los usuarios, la promoción de la inversión, el desarrollo de la investigación, innovación y la creatividad, el uso eficiente de los recursos públicos y redes de telecomunicaciones”.
La ahora ley está compuesta por 158 artículos, destacando el Artículo 27, que establece las causas para la terminación de licencias y autorizaciones de todas las entidades bajo la regulación del Instituto Nicaragüense de Telecomunicaciones y Correos (TELCOR).
Es relevante recordar que TELCOR ha sido responsable del cierre masivo y la suspensión de licencias a medios de comunicación en los últimos años.
Las causas que utilizará TELCOR para “arrebatar” licencias
Según el documento señalado las principales causas de terminación de las licencias detalladas en el artículo son:
- Vencimiento del plazo de vigencia.
- Renuncia del titular.
- Fallecimiento de la persona natural o extinción de la persona jurídica titular, ya sea por quiebra o liquidación.
- Revocación por parte de TELCOR.
De igual manera penaliza el no prestar servicios con eficiencia y regularidad según lo estipulado en el título habilitante, no hacer un uso eficiente de los recursos públicos o no haber utilizado dichos recursos en el plazo de un año tras su asignación, por otro lado hacer un uso diferente de los recursos públicos para los fines que fueron destinados.
Añade el hecho de no cumplir con las obligaciones pecuniarias ante TELCOR, y suspender total o parcialmente los servicios sin la previa autorización de TELCOR y sin causa justificada.
Así mismo, provocar interferencias perjudiciales de manera intencional y reiterada o modificar o alterar sustancialmente las instalaciones autorizadas o las condiciones en que operen los servicios, sin la previa autorización de TELCOR. También, vender, ceder o en manera alguna gravar o transferir la Licencia, sin la previa autorización del ente regulador.
Además negarse, sin causa justificada, a interconectar redes de otros titulares de licencias, teniendo la obligación de hacerlo.
El artículo 30 de ese mismo documento señala que “en el caso de terminación por renuncia de su titular o revocación, surtirá efectos a partir de la emisión y notificación del acto administrativo respectivo, sin perjuicio de su posterior publicación en La Gaceta, Diario Oficial”.