¿Cómo renovar permiso de trabajo en Costa Rica?

Acá te contamos el procedimiento vigente para renovar el permiso de trabajo en Costa Rica.

  • 3:07 pm
  • Nov 6, 2023
Refugiados en Costa Rica
República 18

Renovar el Permiso de trabajo para extranjeros en Costa Rica es de vital importancia para la estabilidad económica. Hacerlo a màs de un mes del vencimiento de este es lo ideal, según recomiendan las autoridades migratorias costarricenses.

Según la Dirección de Migración y Extranjería de Costa Rica, para renovar el permiso de trabajo se deberá solicitar una cita al número 1311 (desde un número ICE, fijo o celular, prepago o postpago) o personalmente en las oficinas de Migración, Centrales o Regionales.

Migración establece los siguientes requisitos para la renovación:

  1. Carta del empleador o empleadora indicando que se mantiene la condición en la que fue contratada la persona extranjera.
  2. Permiso de trabajo o Dimex en buen estado
  3. Comprobante de afiliación a los sistemas de la Caja Costarricense de Seguro Social
  4. Recibo de pago por la suma de los derechos de renovación donde se indique el nombre de la persona extranjera como depositante. Esto debe depositarse en colones a la cuenta 242480 del Banco de Costa Rica.
  5. Pasaporte vigente y en buen estado

¿Qué pasa si no lo renuevo a tiempo?

Migración señala que el permiso de trabajo puede ser renovado hasta tres meses antes de su vencimiento. Por cada mes de retraso en la renovación, se debe cancelar el equivalente en colones a tres dólares por mes.

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“Si su permiso tiene más de tres meses de vencido, a la hora de renovar, deberá presentar junto a los requisitos, una carta de justificación donde indique el motivo por el cual no ha renovado”, señala.

En el caso de no renovarse por permanecer fuera de Costa Rica por más de un año, al momento de renovar, deberá presentar un documento de antecedentes penales del país en el que estuvo.

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Para solicitar por primera vez

A partir de noviembre de 2022, la administración de Rodrigo Chaves cambió las disposiciones para solicitantes de refugio, determinando que el permiso de trabajo sería otorgado con un trámite diferente.

  1. Copia certificada del documento de identidad vigente de la persona empleadora.
  • Comprobación de la solvencia económica del patrono mediante: certificación emitida por contador público autorizado, constancia de salario o cualquier otro requisito. La persona deberá estar al día con sus obligaciones ante la Caja Costarricense de Seguro Social, la Unidad de Refugio verificará la condición ante la CCSS
  • Certificación de la entidad aseguradora correspondiente, que indique que el patrono se encuentra al día en el pago de la póliza de riesgos del trabajo o comprobante de pago al día debidamente certificado o confrontado con el original.
  • En caso de que la persona esté inscrita ante la Dirección General de Tributación deberá encontrarse al día en el pago de los impuestos nacionales, la Unidad de Refugio verificará la información de oficio.

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