Diputación de Brooklyn Rivera fue revocada irregularmente por “resolución de Junta Directiva”

La remoción de Rivera, si es que ocurrió formalmente, se habría desarrollado de manera irregular

  • 6:53 pm
  • Sep 20, 2023
República 18

Lo último que se supo de Brooklyn Rivera, diputado del partido indígena YATAMA, fue que en mayo de este año regresó a Nicaragua de un viaje al extranjero sin el beneplácito del régimen de Daniel Ortega, lo que desembocó en una controversia entre el diputado y la institución a la que servía, la Asamblea Nacional.

Rivera no se presentó a la Asamblea al regresar y hasta el momento no se sabe de su paradero más allá de que está en Nicaragua.

Rivera era el único representante de YATAMA en la Asamblea. Desde aquel incidente, Nancy Henríquez James, su suplente, se ha hecho cargo de las responsabilidades. El diputado sandinista Wilfredo Navarro dijo a República 18 que la diputación de Brooklyn le fue revocada “por medio de una resolución de la Junta Directiva”.

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Navarro no dio fecha para la silenciosa remoción de Rivera. Según la Ley Orgánica de la Asamblea Nacional, la Junta Directiva tiene la potestad de remover a un diputado toda vez que abandone “sus funciones parlamentarias durante 60 días continuos dentro de una misma legislatura, sin causa justificada ante la Junta Directiva de la Asamblea Nacional” (Cap. IV, Art. 24), por lo que la remoción de Rivera, si se realizó de manera legal, tuvo que haber ocurrido como mínimo a mediados de julio.

El proceso estipulado en el artículo 25 de la Ley Orgánica exige que se convoque a una comisión extraordinaria para evaluar el caso del diputado y permitir que organice su defensa en un plazo de 72 horas desde integrada la comisión.

“La Comisión Especial abrirá el caso a pruebas por el término de ocho días contados a partir de la notificación al interesado, recibirá la prueba que se propusiere y vencida la estación probatoria emitirá su informe en un plazo no mayor de tres días, debiéndolo remitir sin tardanza a la Junta Directiva”, establece el reglamento.

Una vez emitido el informe de la comisión, al día siguiente debe incluirse en el orden del día de la siguiente sesión de la Asamblea Nacional. Pero no hay registro de que este proceso se llevó a cabo en el caso de Rivera. Sumado a esto, la resolución que suspendió a Rivera, si es que existe, no ha sido publicado en ninguna instancia de la Asamblea Nacional.

El régimen sandinista ha guardado total secretismo en cuanto al caso de Rivera, manejando su remoción de la Asamblea de manera irregular, lo que aparente ser más una represalia que un proceso disciplinario legítimo dentro de la institución.