Plataforma de ONG´s pide derogar Ley de Agentes Extranjeros

La Plataforma de ONG´s, advirtió que la aplicación de esta ley generaría zozobra, inseguridad, violencia y deterioro en la calidad de vida de las personas que trabajan en organizaciones no gubernamentales.

  • 9:44 pm
  • Feb 15, 2021
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República 18

La derogación de la Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (Ley 1040), es lo que pide la Plataforma Nicaragüense de Redes de ONG, quienes interpusieron recursos por inconstitucionalidad contra dicha ley, el año pasado.

En un comunicado compartido, “La Plataforma” se suma al llamado público a la Corte Suprema de Justicia (CSJ) de Nicaragua, para que resuelva dentro del plazo legal establecido del 09 de marzo, los Recursos por Inconstitucionalidad contra la Ley de Regulación de “Agentes Extranjeros”.

Durante el mes de noviembre del año pasado, La Plataforma de ONG´s, advirtió que la aplicación de esta ley generaría zozobra, inseguridad, violencia y deterioro en la calidad de vida de las personas que trabajan en organizaciones no gubernamentales.

Por ello hicieron un llamado a todas las organizaciones no gubernamentales a “cerrar filas” y firmar un recurso de inconstitucionalidad que presentaron el pasado 09 de diciembre, del año 2020.

Normativa “es más amplia que la propia Ley”

De igual manera, la Plataforma Nicaragüense de Redes de ONG denuncia que la Normativa de la Ley de “Agentes Extranjeros” es más amplia que la propia Ley, como han denunciado expertos en el tema.

Otorgando más facultades al Ministerio de Gobernación (Migob), y convirtiéndolo en un super ente gubernamental, en un aparato de control y castigo contra las personas jurídicas sin fines de lucro en Nicaragua, consideradas como opositoras al Gobierno.

Para abogados y expertos en transparencia, la Ley 1040, conocida como “Ley Putin”, es “discrecional” y presenta muchos “vacíos jurídicos”. De igual manera, consideran que la Normativa de dicha ley, presenta sanciones “ilógicas y nefastas”.

“Considero que la aplicación de esta normativa significa lo que es una muerte civil-financiera y también política, porque los agentes que no se encuentren debidamente inscritos en este registro no van a poder realizar movimiento de recursos o bienes materiales”, dijo a República 18, Martha Patricia Molina, experta en temas de transparencia.

Entre las sanciones irracionales que plantea la Normativa están tres tipos de multa y la más “nefasta y grave”, es la que especifica un monto de “cincuenta y un mil unidades” ($51,000) a “quinientas mil unidades” ($500,000) de multa para las personas que no se inscriban como agente extranjero ante el Ministerio de Gobernación (MIGOB).

Obligados a firmar como “No Agente Extranjero”

La Plataforma de ONG’s también hizo saber a través de su comunicado que muchos profesionales dentro del país, están siendo obligados a firmar en los bancos nacionales una Declaratoria de “No Agente Extranjero”.

De igual manera, las personas están bajo la obligación de mostrar sus contratos de consultorías.

Sin estos requisitos, las transferencias bancarias, el dinero ganado con trabajo digno, no pueden ser aplicadas a sus cuentas personales. Esto constituye una violación al sigilo profesional y bancario, y atenta contra al bienestar de muchas familias nicaragüenses, señalan.

La Plataforma hizo también un llamado a los organismos donantes para que no se sumen a la aplicación de esta ley, que exige a las oenegés su cumplimiento.

Nos solidarizamos con el personal de algunas organizaciones que viéndose entre la espada y la pared, tienen que registrarse como “Agentes Extranjeros”, expresaron.

Ley de Agentes Extranjeros legaliza estado de persecución

En el comunicado, la Plataforma de ONG´s también señala que La Ley de Regulación de Agentes Extranjeros (Ley 1040) legaliza este Estado de Persecución y es autoincriminatoria.

Debido a que las personas naturales o jurídicas que reciban fondos del exterior, están obligadas a comparecer ante el MIGOB y registrarse como un “Agente Extranjero”. Al final, queda a discrecionalidad de los trabajadores del régimen si esa persona u organismo es catalogado o no como un “Agente Extranjero” que “lesione la soberanía nacional”.

“Todo lo anterior evidencia que para el régimen represor cualquier espacio no propio, toda persona que no milita en sus filas, es sospechosa de delinquir”, señala la Plataforma en su comunicado.

“Todo lo actuado por las organizaciones y ciudadanía, crítica u opositora, es sujeto de investigación. El principio de presunción de inocencia queda anulado. Y una vez víctimas de esta Ley, no hay derecho a la defensa”.

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