¿”Ley Putin” ya está confiscando cuentas bancarias?

Experta considera que la aplicación de esta normativa significa muerte civil-financiera porque los agentes que no se encuentren debidamente inscritos no van a poder realizar movimiento de recursos o bienes

  • 6:18 pm
  • Feb 4, 2021
ley de agentes extranjeros
República 18

La “Ley Putin” y su normativa permitirá al régimen de Daniel Ortega confiscar las cuentas bancarias de personas naturales o jurídicas que considere como “agente extranjero” y al parecer su aplicación ya está en marcha, considera experta.

La Normativa a la Ley 1040 o Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, entró en vigor hace cinco días y ha generado suspicacia entre la población nicaragüense.

La preocupación se centra en las características de dicha ley, que es “discrecional” y tiene “muchos vacíos jurídicos”. Esto permitirá su fácil aplicación hacia personas que el régimen considere opositoras, dijo a República 18 Martha Patricia Molina, abogada y experta en temas de transparencia.

“Esto afectará principalmente a defensores de derechos humanos, comunicadores sociales independientes y a cualquier persona que sea considerada por el régimen como un “agente extranjero”, señaló.

“Es probable que luego de esta semana haya muchas cuentas confiscadas”

Molina comentó a República 18 que hay casos de personas a quienes sus bancos les han notificado que no les pueden dar su dinero porque antes “tenía que presentarse a Auxilio Judicial por esta Ley de Agentes Extranjeros”.

Para la experta en temas de transparencia, esto representa una clara violación a los derechos humanos y crea una división de las personas que están en el país; “el nicaragüense y el nicaragüense agente extranjero”, termino que resulta estigmatizante.

Molina publicó en sus redes sociales sugerencias a la Banca Privada del país, como que estos y las “empresas de remesas deben de informar a sus clientes y cuentahabientes el impacto que tendrá la aplicación de la Ley 1040 (Ley de Regulación de Agentes Extranjeros) y su nefasta normativa”.

Molina explica que “ambos cuerpos legales (Normativa y Ley) obligan a congelar los activos (dinero) de los ciudadanos” catalogados por el Ministerio de Gobernación (MIGOB) como “agente extranjero”.

El plazo para que los nicaragüenses “agentes extranjeros” se inscriban ante el MIGOB se vence esta semana (04 de febrero)  y para la especialista es muy probable que en unos días haya “muchas cuentas (bancarias) confiscadas”.

Bancos no informan a la población

Molina dijo a través de sus redes sociales que “los bancos no están compartiendo ninguna información al respecto, aduciendo que desconocen” sobre ello.

Ella cataloga esto como “una total mentira, porque ellos (los bancos) cuentan con un departamento legal que conoce perfectamente los procedimientos e impacto” de dicha Ley en sus usuarios.

El “argumento jurídico” de la presente Ley dice que “los sujetos obligados no podrán realizar movimientos de recursos financieros ni bienes materiales mientras no cumplan la obligación de registrarse en el plazo establecido”, según el Art. 16 de la Ley 1040.

Pero dicho artículo deja a discrecionalidad de las autoridades del MIGOB quién es considerado un “agente extranjero”, porque más allá de recibir fondos del extranjero, estas personas son tachadas de “promover la desestabilización” en el país.

Intervención de fondos y activos

Para Molina, la Ley 1040 también invade el ámbito de la banca nacional y sus competencias para con sus clientes.

“Las instituciones financieras supervisadas que reciban los recursos financieros para los agentes extranjeros deben reportar a la Unidad de Análisis Financiero (UAF), conforme a la legislación vigente”, Art. 17, de la Ley 1040, explicó.

Ella también destaca el Artículo 26, numeral e. de la Normativa de la Ley 1040, que permite la intervención de fondos y activos de una persona o institución catalogada como “agente extranjero”.

Sanciones ilógicas y nefastas

Para Molina, las sanciones administrativas que impone la Normativa de la Ley 1040, o Ley de Regulación de Agentes Extranjeros, “son ilógicas y nefastas”.

Entre las sanciones irracionales que plantea el régimen están tres tipos de multa y la más “nefasta y grave”, es la que especifica un monto de “cincuenta y un mil unidades” a “quinientas mil unidades” de multa para las personas que no se inscriban como agente extranjero ante el MIGOB.

“Considero que la aplicación de esta normativa significa lo que es una muerte civil-financiera y también política, porque los agentes que no se encuentren debidamente inscritos en este registro no van a poder realizar movimiento de recursos o bienes materiales”, señaló.

¿Qué pueden hacer los nicaragüenses?

“Lo importante es no callar, si no expresar lo que está pasando y denunciar. Porque esto es algo que tarde o temprano se va a terminar y los responsables van a tener que responder por todas las acciones arbitrarias que están cometiendo en este momento”.

A pesar de que las instituciones del Estado se encuentren bajo el control del régimen de Daniel Ortega, Molina señala que callar, ante este tipo de violaciones a los derechos humanos de las personas y a la Constitución Política de Nicaragua es un error.

Para ella, los nicaragüenses que se vean afectados por esta Ley que permite catalogar a una persona u organización como “agente extranjero”, deben crear alianzas con los medios de comunicación independiente para que su caso salga a la luz.

De igual manera, aconseja denunciar ante organismos de derechos humanos nacionales, para que su caso pueda ser escuchado a nivel internacional.

“No creamos que esta administración pública va a ser eterna. Al momento de que esta dictadura acabe, lógicamente las nuevas autoridades van a tener que dar una respuesta a las personas que hemos encargado de recoger suficientes pruebas para acusar a las personas o a los funcionarios públicos que estén involucrados en todo esto”.

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